Preguntas Frecuentes

Preguntas Frecuentes

Insignia

¿Cómo entrego mi placa?

Tiene tres opciones para devolver su credencial:1. Entregue su credencial a su supervisor o representante de recursos humanos de la empresa. 2. Déjelo usted mismo en la Oficina de credenciales o en el buzón de entrega disponible las 24 horas fuera de la Oficina de credenciales. Complete el sobre proporcionado en la caja, pase la credencial por el lector y colóquela en la caja. Utilice un sobre independiente para cada credencial. 3. Envíelo por correo a la Oficina de credenciales a la dirección que figura a continuación. Esta dirección también se encuentra en el reverso de su placa: Departamento de Policía del Aeropuerto Aeropuerto Internacional MSP 4300 Glumack Drive, LT – 3255St. Pablo MN 55111

¿Cuándo debo entregar mi credencial?

Las insignias deben desactivarse inmediatamente después de la separación del empleo (incluidos despidos, jubilaciones y renuncias). Las insignias deben devolverse a la Oficina de Credenciales dentro de los 10 días posteriores al despido, retiro, renuncia o vencimiento del empleado, o se le cobrará a la empresa una tarifa de $200 por no devolución de la insignia.

¿Qué hago si olvidé mi placa en casa?

Debes ir a buscar tu placa. Si es titular de una credencial, debe tenerla para acceder a su área de trabajo segura. No se otorgan pases ni privilegios de escolta a los titulares de credenciales que la olviden.

¿El personal de la Oficina de Credenciales puede darme mi autorización de huellas dactilares?

No, su empresa es responsable de notificarle sobre la autorización de huellas dactilares. Todos los firmantes pueden ver la información de autorización en el portal.

Mi empresa me ha indicado que recoja mi credencial, ¿cómo lo hago?

La Oficina de Insignias ofrece recogida de credenciales de lunes a viernes de 7 am a 2:30 pm, para los solicitantes que no necesitan asistir a clases de SIDA. Es por orden de llegada. Regístrese en la recepción.

¿Cuándo puedo realizar la capacitación de SIDA y debo registrarme?

La clase SIDA es un programa en línea que se ofrece por orden de llegada, de lunes a viernes, de 7 am a 1:30 pm. Los empleados que lleguen a la 1:30 pm o después no serán admitidos. No necesita registrarse. El centro de aprendizaje está ubicado en la esquina izquierda de la recepción. Tome asiento y siga la hoja de instrucciones proporcionada en cada puesto de trabajo. No puede realizar la capacitación de SIDA hasta que haya aprobado el proceso de verificación de antecedentes; comuníquese con el firmante principal de su empresa si no está seguro.

¿Qué debo llevar a la clase de SIDA?

Todos los asistentes deben presentar una identificación con fotografía emitida por el gobierno para poder tomar la clase. Si está actualizando su credencial, regístrese en la recepción para enviar su documentación antes de tomar la clase.

¿Cuánto tiempo tardará en llegar mi autorización?

El plazo puede variar según la situación de cada solicitante, pero la autorización suele tardar de tres a siete días hábiles (no se incluyen los días festivos observados por MAC). Los solicitantes que nacieron fuera de los EE. UU. o que tienen antecedentes penales pueden tardar más en ser eliminados.

No tengo una insignia de SIDA, pero me dicen que necesito actualizarme a SIDA; ¿Cómo hago esto?

Necesitará una nueva solicitud de credencial, completada con su firmante autorizado, y una cita para actualizar su credencial. También necesitará dos formas de identificación. En su cita, enviará su nueva solicitud y sus identificaciones para realizar los cursos de capacitación de SIDA y MSP Nice. Una vez completado con éxito, recibirá su nueva insignia de SIDA.

Me he mudado, ¿qué tengo que hacer?

Debe proporcionar a la Oficina de credenciales su nueva dirección dentro de los 10 días posteriores a la mudanza. Puede enviar la nueva información por correo electrónico a badding@mspmac.org. Incluya su nombre y apellido, fecha de nacimiento y número de placa en el correo electrónico.

He cambiado mi nombre, ¿qué tengo que hacer?

Debe venir a la Oficina de Credenciales para actualizar su credencial dentro de los 10 días posteriores al cambio de nombre. Se deben presentar dos identificaciones aceptables con el nuevo nombre, junto con la Solicitud de credencial. Además, recomendamos presentar documentos de cambio de nombre, como documentos de matrimonio o divorcio o documentos judiciales.

Necesito ingresar a un área a la que no tengo acceso, ¿cómo solicito acceso?

Hable con su firmante autorizado, quien puede enviar una solicitud a través del portal. La Oficina de Credenciales no aprueba, elimina ni agrega acceso. Solicitar acceso no garantiza que se otorgará.

¿Puedo venir a trabajar al aeropuerto mientras espero que se borre mis huellas dactilares?

No, debes esperar hasta obtener tu credencial. No podrá ser acompañado ni obtener un pase para la explanada mientras esté en el proceso de acreditación.

Si ya tengo una insignia, pero quiero agregar una empresa o eliminar una empresa, ¿qué hago?

Cada vez que realice un cambio en su credencial, deberá visitar la Oficina de Credenciales con dos formas de identificación válidas y una solicitud completa para cada empresa para la que trabajará.

Llegué tarde a mi cita, ¿y ahora qué?

Si llega tarde a su cita, es posible que tenga la opción de unirse a la cola sin cita previa si está abierta. De lo contrario, tendrá que programar una nueva cita o unirse a la cola sin cita previa otro día.

¿Cómo cancelo una cita futura?

Las instrucciones están incluidas en el texto de confirmación que recibió cuando se programó la cita. No borre el texto. Puede responder al mensaje de texto con una “C” para cancelar la cita.

¿Qué formas de pago aceptan?

Para los solicitantes que deben pagar por los servicios de acreditación, la Oficina de acreditación acepta cheques y la mayoría de las principales tarjetas de crédito. Alentamos a las empresas a registrarse para la facturación mensual.

¿Dónde debo estacionarme cuando visite la Oficina de Credenciales?

La Oficina de Credenciales está ubicada en el Nivel 3 del Edificio Hub en la Terminal 1, entre las rampas Roja y Azul en el Estacionamiento General. Recomendamos estacionar en las rampas Roja o Azul en el Nivel 4 o superior. (Los niveles 2 y 3 generalmente no están disponibles al público).

Estacionamiento para empleados

¿Qué debo hacer si remolcaron mi auto?

Si su automóvil es remolcado, comuníquese con Mark's Towing al 651-454-1533.

¿Puedo compartir mi ZipPass para estacionar?

No. Los ZipPasses se emiten a una persona y ella es la única persona autorizada para usarlos.

¿Puedo estacionar durante la noche en la rampa con mi ZipPass?

Sólo si trabaja en turno nocturno.

¿Dónde está estacionado el empleado en la rampa de la Terminal 2?

El estacionamiento para empleados en la Terminal 2 se encuentra en el lote económico de MSP.

¿Puedo usar mi ZipPass para estacionar cuando viajo?

No, a menos que viaje por negocios. Su ZipPass solo puede usarse mientras está en el trabajo.

¿Qué hago si olvidé mi ZipPass?

O vuelves a recogerlo o pagas para aparcar. No se otorgan reembolsos por ZipPasses olvidados o faltantes.

¿Qué hago si no puedo salir de la rampa de estacionamiento?

Presione el botón "pedir ayuda".

¿Cómo me inscribo en el estacionamiento para empleados?

Consulte al representante de estacionamiento de su empresa. Le solicitarán un ZipPass y le informarán sobre las regulaciones.

Información General

¿Cuáles son los horarios del MSP?

MSP está abierto las 24 horas del día, los 7 días de la semana, los 365 días del año.

Necesito solicitar o entregar llaves, ¿cómo lo hago?

Las claves son mantenidas por MAC Facilites. Para solicitar claves, envíe el formulario de solicitud de clave y bloqueo MAC a mac-keyrequests@mspmac.org.

¿A qué horas está abierta la oficina terrestre de MAC?

La oficina terrestre de MAC está abierta de lunes a viernes de 8 am a 4 pm

¿Qué materiales de desecho se reciclan en el MSP?

El programa de reciclaje del MSP acepta cartón, productos de papel (periódicos, revistas, papel de oficina, etc.), latas de metal, botellas de vidrio y plástico, aceite de cocina usado y desechos de alimentos y orgánicos (actualmente disponibles solo en áreas limitadas).

Ordenanza de Salario Mínimo

¿Qué es la Ordenanza de salario mínimo en el aeropuerto del MSP?

La Ordenanza de salario mínimo del aeropuerto de MSP establece un nuevo salario mínimo por hora para ciertos trabajos realizados en Minneapolis-St. Aeropuerto Internacional Pablo (MSP).

¿Cuánto es el salario mínimo?

La Ordenanza de salario mínimo en aeropuertos de MSP establece un salario mínimo por hora de $15.00 la hora a partir del 1 de julio de 2022.

¿Cuándo entra en vigor la Ordenanza?

La Ordenanza sobre salario mínimo en el aeropuerto del MSP entra en vigor el 1 de diciembre de 2020; sin embargo, los requisitos salariales entran en vigencia en las fechas especificadas a continuación: El 1 de enero de 2021, el salario mínimo por hora será de $13.25. El 1 de julio de 2021, el salario mínimo por hora será de $14.25. El 1 de julio de 2022, el salario mínimo por hora será de $15.00.

¿Qué son los salarios?

Un salario es la cantidad de dinero que un empleador le paga a un empleado por el trabajo que realiza para el empleador. El término salario no incluye seguro médico ni otros beneficios proporcionados a los empleados.

¿Las propinas cuentan para el salario mínimo?

No. Ningún empleador en el Aeropuerto MSP puede acreditar, aplicar o utilizar directa o indirectamente propinas o gratificaciones para el pago del salario mínimo establecido por la Ordenanza de Salario Mínimo del Aeropuerto MSP.

¿Qué empleadores en el aeropuerto MSP están exentos de la Ordenanza de salario mínimo del aeropuerto MSP?

(a) El gobierno de los Estados Unidos (incluidos FAA, TSA, CBP, etc.). (b) El Estado de Minnesota, incluyendo cualquier oficina, departamento, agencia, autoridad, institución, asociación, sociedad u otro organismo del estado, incluyendo la legislatura y el poder judicial. (c) Cualquier condado o gobierno local, excepto la Comisión de Aeropuertos Metropolitanos. (d) Proveedores con certificados emitidos por el Departamento de Trabajo de los Estados Unidos o el Departamento de Trabajo e Industria de Minnesota para fines de pagos de salario submínimo de conformidad con los Estatutos de Minnesota, Sección 177.28 y las Reglas de Minnesota parte 5200.0030, pero solo en la medida de los trabajadores específicamente cubiertos por el certificado de salario submínimo.

¿Qué pasa si trabajo para dos o más empleadores de MSP Airport?

Todos los empleadores del aeropuerto de MSP deben seguir la Ordenanza de salario mínimo del aeropuerto de MSP, a menos que se indique lo contrario en la Ordenanza; sin embargo, no todos los empleados están cubiertos por los requisitos salariales de la Ordenanza. Ver pregunta 10.

¿Qué pasa si un empleador tiene su sede fuera del aeropuerto de MSP, pero el empleado trabaja en MSP?

Un empleado que tiene su base fuera del aeropuerto y realiza trabajo en el aeropuerto de manera ocasional está cubierto por la Ordenanza si el empleado en una semana laboral particular realiza al menos 2 horas de trabajo para un empleador dentro de los límites geográficos del aeropuerto.

¿Qué hago si mi empleador se niega a pagar el salario mínimo?

Un empleado u otra persona puede informar al Vicepresidente de Recursos Humanos y Relaciones Laborales de la Comisión de Aeropuertos Metropolitanos cualquier sospecha de violación de la Ordenanza de salario mínimo. Se puede realizar una denuncia de cualquiera de las siguientes maneras: Llamada: 612‐726‐8196 Correo electrónico: mínimowage@mspmac.org Envíe una carta: 6040 28th Avenue South, Minneapolis 55450

¿Se aplica el salario mínimo a todos los empleados que trabajan en el Aeropuerto MSP?

No. Los empleados gubernamentales generalmente no están cubiertos, como se describe en la pregunta 6. Además, solo los empleados del Aeropuerto MSP que realizan servicios que afectan materialmente al público viajero que utiliza las terminales de pasajeros del aeropuerto están cubiertos por la Ordenanza. Para obtener más información, consulte ejemplos del tipo de clasificaciones laborales cubiertas por la Ordenanza.

¿Puede un empleador solicitar que se exima de los requisitos del salario mínimo?

No.

¿Están exentos los convenios colectivos?

No.

¿Están obligados los empleadores a publicar avisos?

Sí. Todo empleador deberá publicar un aviso, en un lugar visible en cada lugar de trabajo o lugar de trabajo donde trabaje cualquier empleado, informando a los empleados sobre el salario mínimo actual y sus derechos según la Ordenanza.

¿Qué documentos o registros deben conservar los empleadores?

Un empleador debe crear y conservar registros que documenten los salarios pagados a cada empleado. Estos registros deben conservarse por un período no inferior a 3 años a partir de la fecha en que se trabajaron las horas.

¿Cómo se hará cumplir la ordenanza sobre el salario mínimo?

Si se determina que un empleador ha violado la Ordenanza, el Vicepresidente de Recursos Humanos y Relaciones Laborales de la Comisión de Aeropuertos Metropolitanos notificará al empleador que debe dejar de incurrir en la violación de la ordenanza y puede ordenarle que pague al empleado la cantidad que debe. adeudado por el trabajo que realizó después de que la Ordenanza entró en vigor (la diferencia entre el salario pagado y el salario que el empleado debería haber recibido por las horas que trabajó durante ese período), compensación por los daños financieros o de otro tipo en los que un empleado haya incurrido porque de la infracción del empleador y/o pago de una multa civil de hasta $1,000 por cada infracción.

Quiero denunciar una infracción, pero tengo miedo de sufrir represalias. ¿Qué tengo que hacer?

Los empleadores tienen prohibido tomar represalias contra los empleados que denuncien una infracción de la Ordenanza. Los empleadores que tomen represalias en virtud de la Ordenanza están sujetos a pagar una indemnización monetaria. Un empleado u otra persona puede informar al Vicepresidente de Recursos Humanos y Relaciones Laborales de la Comisión de Aeropuertos Metropolitanos cualquier sospecha de violación de la Ordenanza de una de las formas identificadas en la pregunta 9.

¿Dónde puedo obtener más información?

Puede encontrar más información sobre la ordenanza de salario mínimo en myMSPconnect o leer el texto completo de la ordenanza. También puede enviar solicitudes por escrito al Vicepresidente de Recursos Humanos y Relaciones Laborales en 6040 28th Ave S., Minneapolis, MN 55450 o por correo electrónico minimalwage@mspmac.org.